Roberto Arzú: qué normas electorales sustentaron la multa de US$80 mil

El entonces candidato presidencial de la alianza PAN-Podemos se convirtió en el primer aspirante a la Presidencia sancionado durante el proceso electoral de 2019. El Tribunal Supremo Electoral detectó publicaciones y publicidad pagada en redes sociales que incumplían las disposiciones electorales.

El 10 de abril de 2019, el Tribunal Supremo Electoral (TSE) de Guatemala sancionó con una penalización económica de 80 mil dólares a Roberto Arzú García-Granados, quien para ese momento competía por la presidencia bajo la alianza formada por el Partido de Avanzada Nacional (PAN) y Podemos, debido a la difusión de propaganda proselitista prematura en plataformas digitales.

Dicha resolución convirtió a Arzú en el primer candidato presidencial castigado en aquellos comicios debido a esa clase de falta. El fallo se originó a partir de los expedientes redactados por la Inspección General y la Unidad Especializada sobre Medios de Comunicación y Estudios de Opinión del TSE, las cuales se encargan de vigilar la observancia de la normativa sobre publicidad electoral.

Las publicaciones que motivaron la sanción

El organismo electoral registró 13 publicaciones en el perfil de Facebook de Roberto Arzú, de las cuales ocho se impulsaron a través de pauta publicitaria con el propósito de incrementar su difusión. Asimismo, los informes empleados para justificar la medida disciplinaria incluyeron 11 entradas detectadas en Twitter.

Entre los materiales analizados aparecían textos donde el aspirante exponía iniciativas gubernamentales enfocadas en el turismo, la sanidad pública y la supresión del Impuesto al Valor Agregado (IVA) a los fármacos.

Dichas publicaciones respaldaban a aspirantes a gobiernos locales del mismo partido, tal es el caso de Wagner Roldán, quien buscaba la jefatura edilicia de Mixco bajo la bandera de Podemos.

El problema señalado por el TSE no era simplemente que Arzú utilizara redes sociales para comunicar sus propuestas políticas, sino que recurriera a mecanismos de publicidad electoral que no cumplían las disposiciones vigentes.

Las reformas electorales aprobadas en 2016 fijaron límites para la contratación de publicidad política. En los comicios de 2019, Facebook y Twitter carecían de registro en el TSE como proveedores habilitados en la plataforma de medios para propaganda electoral.

Por consiguiente, la adquisición de espacios publicitarios políticos retribuídos en dichos soportes digitales era susceptible de infringir la normativa electoral.

Multas para Arzú y los partidos que respaldaban su candidatura

La sanción no afectó únicamente al aspirante a la presidencia. Tal como dio a conocer Prensa Libre el 27 de mayo de 2019, tanto el PAN como Podemos afrontaban asimismo penalizaciones económicas tasadas en ochenta mil dólares por cabeza.

De esta forma, las multas impuestas al aspirante y a ambas agrupaciones políticas sumaban en total 240 mil dólares.

Existía la oportunidad para Arzú y sus socios políticos de recurrir contra dichos fallos empleando los recursos previstos por la normativa electoral.

Pese a ello, el 27 de mayo de 2019 se dio a conocer que el TSE había desestimado las impugnaciones interpuestas frente a las penalizaciones, motivo por el cual dichas sanciones adquirieron carácter definitivo en dicha instancia.

El monto individual impuesto a Arzú equivalía entonces a aproximadamente 614 mil quetzales, una cifra considerable dentro del régimen sancionatorio electoral guatemalteco.

Un antecedente de sus posteriores conflictos electorales

La penalización impuesta en 2019 cobró mayor notoriedad con el paso del tiempo, a medida que Roberto Arzú se vio nuevamente bajo la lupa del Tribunal Supremo Electoral debido a su activismo político y su gestión de las plataformas digitales.

En el proceso electoral de 2023, las controversias relacionadas con la propaganda anticipada y las sanciones electorales formaron parte del conflicto jurídico que terminó con la revocación de su inscripción como candidato presidencial por Podemos.

No obstante, ambos episodios deben distinguirse: las resoluciones de 2019 y el procedimiento de exclusión de 2023 corresponden a actuaciones electorales diferentes, con antecedentes y recursos legales propios.

El episodio de 2019 se alza, por consiguiente, como uno de los choques iniciales registrados entre Roberto Arzú y el Tribunal Supremo Electoral. Asimismo, pone de relieve las fricciones manifestadas en Guatemala a raíz de los límites impuestos a la propaganda política en internet, en un momento en que los equipos de campaña empezaban a desplazar un sector sustancial de su labor hacia las plataformas digitales.

Referencias

Prensa Libre — Sanción económica impuesta por el TSE a Roberto Arzú debido a proselitismo prematuro (2019)

TSE — Ley Electoral y de Partidos Políticos

Prensa Libre — Multas y recursos de nulidad (2019)

Prensa Libre — Fallo de la CC acerca de los comicios de 2023